¿Debo indemnizar al arrendador por desistir el contrato?
Arrendador e inquilino podéis pactar una indemnización para el caso del desistimiento del contrato de arrendamiento, si nada se dice en el contrato no tendrá derecho el arrendador a pedirla.
Si se ha fijado una indemnización será de una mensualidad por año que falte del cumplimiento del contrato o la parte proporcional en caso de que el tiempo pendiente fuera inferior a un año.
En el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LA.U.) se recoge esta posibilidad.
Y si quieres saberlo todo del desistimiento de la vivienda alquilada sigue leyendo aquí o mira este video
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