¿Qué plazo tiene el inquilino para ejercitar el derecho de tanteo?
Existe un plazo legal de 30 días naturales (¡los festivos sí se cuentan!) para que el inquilino pueda ejercer su derecho de adquisición preferente de la vivienda.
Esos 30 días se cuentan a partir del día siguiente a la notificación fehaciente del propietario al arrendatario de su decisión de vender el inmueble, así como sus condiciones.
Puedes leerlo en el artículo 25.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (L.A.U.)
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