¿Puede renunciar el inquilino al derecho de adquisición preferente o tanteo?
En principio sí, pero si no se dice nada en el contrato de arrendamiento se entenderá que está en vigor el derecho de tanteo del arrendatario.
Es un derecho renunciable por parte del inquilino. Por lo tanto, lo que debéis hacer propietario e inquilino es hablar y negociar sobre si este derecho debe aparaecer en el contrato de alquiler.
El contrato de OKIDOC os permite reponder con un sencillo SI o NO y, en consecuencia, se redacta la cláusula de la manera que refleje vuestras acuerdos.
Okidoc cuenta con gran experiencia en la realización de contratos de alquiler digitales así como en comunicaciones entre inquilinos y propietarios.