¿Cómo tributa el contrato de alquiler de vivienda en el IRPF?
Las rentas obtenidas por un contrato de alquiler de vivienda SÍ se incorporan a la declaración de Renta o IRPF.
Los rendimientos obtenidos por el arrendador por un contrato de arrendamiento serán considerados rendimientos del capital inmobiliario, tanto si los percibe por el alquiler de vivienda como para los que procedan del subarrendamiento.
Los pagos que realiza el inquilino por el contrato de alquiler de su vivienda, en principio, no son deducibles en estos momenos. Desde el 1 de enero de 2015 se suprimió la deducción de alquiler por vivienda habitual en el IRPF. Si como arrendatario recibes ingresos por la cesión o subarrendamiento de vivienda SÍ que debes declararlos en el IRPF, serán tratados como rendimientos del capital mobiliario.
Si quieres saber algo más siempre puedes adentrarte en la web de la Agencia Tributaria.
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